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¿Qué es un contrato de temporada?

¿Qué es un contrato de temporada?

Es aquel contrato el cual se alquila una vivienda pero no como residencia permanente ni domicilio habitual del arrendatario sino por un período determinado. El periodo del arrendamiento es limitado ya que la necesidad de residencia debe ser temporal, hay que cubrir una necesidad coyuntural, por ejemplo vacaciones, estudios o un desplazamiento temporal por trabajo. La LAU regula estos contratos como un arrendamiento de uso distinto a vivienda, en consecuencia se regirán por aquellos pactos que establezcan libremente las partes.

Regulación:

La LAU en su preámbulo ya adelanta que la ley distingue entre arrendamiento de vivienda y arrendamientos de uso distinto de vivienda, englobando entre los de uso diferente los de segunda residencia o los de temporada. Lo que es crucial para definir si un inmueble es una vivienda o no es el uso que se le dé. Este queda definido en el artículo 2.1: se considera Arrendamiento de vivienda este Arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario y al artículo 3.2 indica que es un uso diferente de vivienda el alquiler de temporada, definiéndolo como el arrendamiento de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra.

Aunque estos dos tipos de arrendamientos están regulados por la LAU, en base a esta distinción en los arrendamientos de vivienda el inquilino se beneficiará de medidas de protección establecidas en el título II (relativas a duración, renta, derechos y obligaciones y finalización y suspensión del contrato) tal como queda dispuesto en el artículo 4.2, mientras los arrendamientos de temporada se regularán por lo establezcan las partes (sólo en defecto de pacto por el título III de la LAU y supletoriamente por el Código Civil) de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4.3

¡Cuenta!

Para que un contrato sea de temporada, es necesario que la función, uso real y pactos que se dan sean realmente de un contrato de temporada y no de vivienda habitual.

¿Que te recomendamos? que quede claro en el contrato cuál es la casuística del inquilino que hace que el contrato sea de temporada: sería necesario que quedara claro que estamos por un periodo vocacional, para un desplazamiento temporal por algún factor … es recomendable que haya evidencias de la necesidad, como por ejemplo matrícula en un máster, justificación de desplazamiento por trabajo … por otro lado recomendamos que haya evidencias de que se trata de un alquiler de una vivienda diferente a la vivienda habitual de inquilino por lo tanto no sólo debería haber electrodomésticos y mobiliario, sino también ajuar.

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